Marketing Finance & Professional Contact Center S.L.
C/ Esteban Ramírez Martínez, 2 Planta 3º Oficina A
Edificio BORJA- 23009 - Jaén
Telf.: 902 10 28 03
C.I.F.: B23608607
CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO
IMPRIMIRMarketing Finance & Professional Contact Center S.L. (MKF), cuenta con la calificación de Centro Especial de Empleo (CEE) concedida por la Dirección General de Fomento de Empleo del Servicio Andaluz de Empleo de la Junta de Andalucía con el número CEE-429/GR/JA, cuyo objetivo es la integración laboral de las personas con discapacidad en un entorno normalizado de trabajo.
La política de Personal de MKF está basada en considerar que las personas son nuestro mayor activo.
Es una apuesta decidida para superar el concepto de discapacidad y sustituirlo por el de capacidad profesional, mediante la:
- Formación como herramienta eficaz de inserción y capacitación en un entorno de Calidad.
- Motivación y generación de expectativas de las personas.
- Integración laboral mediante la creación de puestos de trabajo estables.
Todo nuestro personal cuenta con los apoyos y experiencia necesarios para ofrecer al Cliente un servicio profesional y un entorno adecuado para el desarrollo de las personas.
MKF está en pleno desarrollo de alianzas con Entidades, con el fin de desarrollar proyectos conjuntos que faciliten la creación de puestos de trabajo.
¿Que es un Centro Especial de Empleo?
Conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 13/1982 , del 7 de abril, de Integración Social de los Discapacitados, los Centros Especiales de Empleo son aquellos cuyo objetivo principal sea el de realizar un trabajo productivo, participando regularmente en las operaciones de mercado, y teniendo como finalidad el asegurar un empleo remunerado y la prestación de servicios de ajuste personal y social que requieran sus trabajadores discapacitados, a la vez que sea un medio de integración del mayor número de discapacitados al régimen de trabajo normal.
La totalidad de la plantilla de los Centros Especiales de Empleo estará constituida por trabajadores discapacitados (considerándose discapacitado a una persona con un 33% de discapacidad o superior), sin perjuicio de las plazas en plantilla de personal no minusválido, imprescindibles para el desarrollo de su actividad.
Además de la función social que los Centros Especiales de empleo han de cumplir y de sus peculiares características, su estructura y organización se ajusta a los de las empresas ordinarias, estando a su vez obligados a realizar una gestión sujeta a las mismas normas y requisitos que los que afectan a cualquier empresa del sector al que pertenezcan.
La creación de Centros Especiales de Empleo exige tener una calificación como tal, así como estar inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo que cada Administración Autonómicas tiene para así controlar las actividades de estos.
